Auto Supremo AS/0105/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

De otro lado, en cuanto al defecto inmerso en el inc


De otro lado, en cuanto al defecto inmerso en el inc. 4) del art. 370 del CPP, el Tribunal ad quem afirma que el numeral invocado no es pertinente a los fundamentos del agravio, ya que hace referencia a que la sentencia se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas de ese título; sin embargo, la valoración probatoria efectuada por el Juez a quo a su criterio no resulta ser la correcta; toda vez, que no se advierte un análisis y valoración de cada uno de los medios de prueba, ni se comprende cuál fue la actividad intelectiva del A quo para arribar a las conclusiones que efectúa en la sentencia; por consiguiente, ese motivo apelado tampoco tuvo mérito