Auto Supremo AS/0105/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Con relación a que según los recurrentes correspondía ordenar que el juez de origen emita una nueva sentencia, a raíz de los defectos encontrados en el Auto de Vista impugnado, se debe tener en cuenta que el tribunal de alzada debe emitir un nuevo fallo en cumplimiento del presente Auto Supremo y en una de las formas previstas por los arts. 413 y 414 del CPP.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Ernesto Zegarra Saucedo y Lucy Martha Vásquez Chirveches de Zegarra, de fs. 649 a 653 vta., con los fundamentos expuestos precedentemente y en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista de 5 de febrero de 2016, de fs. 578 a 587, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie nuevo Auto de Vista, en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución