Auto Supremo AS/0120/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Ahora bien, en mérito al Auto Supremo referido, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal


Ahora bien, en mérito al Auto Supremo referido, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, emitió el Auto de Vista de 27 de junio de 2016, que modificó la pena de reclusión de Edwin Roger Vaca Guzmán Dávalos a tres años, bajo los siguientes argumentos: que el Tribunal de mérito olvidó que en el momento del parto Roger Vaca Guzmán Dávalos estaba atendiendo a otras personas en la consulta externa en la Caja Nacional de Salud, lo que quedó demostrado con la declaración de la testigo de descargo María Rosario Berrios Arévalo, quien dijo que Roger Vaca Guzmán estaba atendiendo a otros pacientes en el momento del parto, inclusive había una persona (mujer), en posición ginecológica, “lo que de alguna manara fue admitido por el Tribunal”, cuando dice que el hecho que haya estado atendiendo a otros pacientes no lo libera de la responsabilidad de atender el parto que venía atendiendo desde que ordenó la internación, circunstancia que no habría sido apreciada como una condición especial en que se encontraba el médico en el momento de la ejecución del delito, tal como manda el art. 38.1.b del CP, aclarando, que si bien la inasistencia al parto fue una omisión grave, se halla atenuada por la actividad referida del médico, de ahí que el entendimiento del Tribunal sobre la gravedad de la ausencia en el parto, no fue del todo correcta