Auto Supremo AS/0120/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Como consecuencia del referido Auto Supremo, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de


Como consecuencia del referido Auto Supremo, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando por Auto de Vista de 27 de junio de 2016, declaró improcedentes los recursos de apelación interpuestos por los imputados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada con la modificación que la pena de reclusión de Edwin Roger Vaca Guzmán Dávalos se reduce a tres años; bajo los siguientes argumentos, vinculados únicamente al motivo de casación:

En el punto (xix), del Segundo Considerando a tiempo de resolver la Falta de valoración y fundamentación en la determinación de la pena, describiendo los arts. 37 y 38 del CP señalo, que el Tribunal tomó en cuenta tres agravantes: 1) La última parte del art. 260 del CP; 2) No demostró arrepentimiento; y, 3) Que intentó deslindar responsabilidad, que si bien la primera es algo inobjetable, a lo segundo cabe hacer dos apreciaciones; primero, es cuestionable pedir arrepentimiento a quien no se cree culpable, recuérdese la alegación de los acusados de ser inocentes; y segundo, la falta de arrepentimiento no está previsto en el Código Penal como agravante, sí el arrepentimiento como atenuante; en cuanto, a que intentaron deslindar responsabilidad, tampoco se puede calificar como una conducta el hecho de defender su inocencia