Auto Supremo AS/0120/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

“Por otra parte; de lo ampliamente expuesto en el punto 6 de esta Sentencia, se


Por Sentencia 3/2015 de 6 de febrero (fs. 67 a 89), el Tribunal Segundo de Sentencia de Pando, declaró a Edwin Roger Vaca Guzmán Dávalos y Delma Vivian Cornejo Apaza, autores de la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado por el art. 260 del CP, imponiendo la pena de cuatro y tres años de reclusión, respectivamente; por otra lado, declaró a Edwin Roger Vaca Guzmán Dávalos, absuelto de responsabilidad y pena del delito de Lesiones Gravísimas, tipificado por el art. 270 del CP; asimismo, le absolvió de pena y culpa a Mariel Maj Brith Trujillo Mena, de la comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado por el art. 260 del CP, bajo los siguientes fundamentos:
En el acápite 7 bajo la denominación “DETERMINACIÓN DE LA VERDAD HISTÓRICA DE LOS HECHOS”, argumentó:
“Por otra parte; de lo ampliamente expuesto en el punto 6 de esta Sentencia, se puede hacer las siguientes consideraciones generales:
La hipoglucemia neonatal y la encefalopatía hipóxico isquémica son producidas por la Asfixia neonatal en el momento del parto y una de las causas para que exista Asfixia es un ´trabajo de parto prolongado´; la Asfixia puede ser controlada y es reversible si se trata a tiempo