Auto Supremo AS/0120/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0120/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

III.2. Sobre la vinculatoriedad de los fallos judiciales


El Auto Supremo 134/2016-RRC de 22 de febrero (emitido en el caso de autos que fue extractado en el acápite II.3 de esta Resolución), fue dictado por la Sala Penal de este Tribunal Supremo de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por los delitos de Homicidio Culposo y Lesiones Gravísimas, donde constató que el Auto de Vista entonces recurrido incurrió en falta de fundamentación respecto a la determinación de la pena, ya que arguyó que el Tribunal de sentencia, habría olvidado considerar que el momento del parto de Felipa Irma Espinoza Yucra, Roger Vaca Guzmán Dávalos se encontraba atendiendo a otras personas en consulta externa de la Caja Nacional de Salud, omitiendo expresar en cuál de los incisos descritos por el art. 38 del CP, encajaba esa situación que ameritaba ser considerada como atenuante; además, tampoco habría expresado si ese extremo lo extractó de un hecho establecido como probado por el A quo y en qué parte de la sentencia se apreció ese extremo, lo que estaba estrechamente relacionado con la gravedad del hecho establecido por el Tribunal de mérito en la fundamentación de la pena, donde habría resaltado la ausencia del imputado en el parto y que la madre de la víctima era ARO, aspecto sobre el que el Tribunal de alzada no habría efectuado consideración alguna, especificando si merecía ser considerado como una atenuante o agravante en la determinación de la pena, lo que generaba incertidumbre, porque no se sabía si para la afirmación de ese hecho el Tribunal de alzada, descendió a revisar cuestiones de hecho o pruebas o fue extractado de los hechos probados. Además, advirtió que la falla de fundamentación, también se advertía de a tiempo de hacer extensiva la reducción del quantum de la pena a favor de la co-imputada Delma Vivian Cornejo Apaza, limitándose a señalar que se encontraba en similar situación de responsabilidad, lo que generó dudas; en cuanto, a si se refirió que ambos imputados se encontraban atendiendo a diferentes pacientes o a qué situación similar específica se refería y cuáles son los hechos que le llevaron a determinar esa supuesta situación similar, aspectos por el que la Resolución entonces recurrida fue dejado sin efecto.

III.2. Sobre la vinculatoriedad de los fallos judiciales