Auto Supremo AS/0139/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

El principio de congruencia consagrado por el art


El principio de congruencia consagrado por el art. 362 del CPP, prescribe que el imputado no podrá ser condenado por un hecho distinto al atribuido en la acusación o su ampliación, de donde se extrae que los hechos descritos en dichos actuados procesales son inmodificables; empero, la calificación jurídica respecto de ellos, sí es susceptible de ser cambiado, dado que ésta resulta ser provisional; por lo tanto, bien podrá posteriormente el juez o tribunal de sentencia, a tiempo de emitir el fallo de mérito, establecer la adecuación definitiva que corresponde al hecho delictivo descrito en la acusación y su ampliación, para finalmente imponer la sanción que corresponda; empero, dicha atribución encuentra un límite infranqueable, el que se materializa en que el tipo penal que hubiera sido modificado de la calificación provisional realizada en Sentencia, debe corresponder a otro, pero que proteja el mismo bien jurídico; esto es, a un delito de la misma familia