Auto Supremo AS/0139/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Por su parte, el mandato contenido en el art


Por su parte, el mandato contenido en el art. 272 bis del CP, incorporado por Disposición del art. 84 de la precitada Ley 348, dispone que quien agrediere físicamente, psicológicamente o sexualmente dentro de los casos comprendidos en el numeral 1 al 4 del citado artículo, incurrirá en pena de reclusión de dos (2) a cuatro (4) años, siempre que no constituya otro delito