Auto Supremo AS/0144/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2017-RRC

Fecha: 22-Feb-2017

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Así, de la revisión del Auto de Vista impugnado se constata que en el considerando III señala que corrida en traslado a la otra parte procesal la apelación interpuesta “…la parte querellante responde mediante memorial de fs. 822 a la 825, bajo los argumentos contenidos en el mismo, solicitando en definitiva se declare inadmisible el recurso de apelación y en el fondo se confirme la sentencia con costas” (sic), de lo que se infiere que los vocales efectivamente hicieron referencia a la respuesta al especificar que el acusador solicitó se declare inadmisible y se confirme la sentencia, sin que hayan incurrido en una incongruencia omisiva, sin que ello desvirtúe la existencia de una falta de fundamentación conforme el análisis efectuado en el acápite III.3.1. inc. i) del presente fallo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación respecto al primer motivo incs. i), iii) y iv) interpuesto por Wendy Vega Palza y Janette Wilma Vega Palza en representación de Marcelo Vega Palza, con los fundamentos expuestos precedentemente; y, en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista de 83/2015 de 17 de diciembre, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución