Auto Supremo AS/0192/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2017

Fecha: 01-Mar-2017

Deducida la apelación por ambas partes y remitidas las mismas ante la instancia competente, la

Deducida la apelación por ambas partes y remitidas las mismas ante la instancia competente, la Sala Civil Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 36/2016, confirmo la Sentencia apelada señalando que por el documento de fs. 31 el demandante adjunto el cheque serie B Nº 0005963 por $us.- 1.300.000 a favor del demandado dando cumplimento al contrato de venta en cuestión solicitando se haga entrega de la minuta de transferencia y los papeles saneados, solicitando el demandado ante la entrega de la carta notariada plazo para a entrega de los documentos y firma de la minuta (fs. 4-5) con lo que acredito el actor el incumplimiento del demandado; respecto a la apelación del demandado señalo que el contrato es ley entre partes acorde determina el art. 519 del CC y con relación a la arras, si bien se establecen arraz, sin embargo estipulan al final de dicha cláusula el pago de $us. 1.000.000.- por pago de daños y perjuicios situación que no define claramente lo pactado y por otra parte solicita se averigüé y cuantifique daños y perjuicios en ejecución de Sentencia confundiendo con las arras solicitando al final del proceso se revoque parcialmente en lo relativo a la cláusula de arraz