Auto Supremo AS/0192/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2017

Fecha: 01-Mar-2017

En este entendido, a los fines de establecer las cargas y efectos en el contrato

En este entendido, a los fines de establecer las cargas y efectos en el contrato en relación a las arras, resulta trascendental que de manera expresa y precisa se establezca el tipo de arras que se impone como carga al contrato celebrado entre partes, dada las diferencias que las mismas tienen en sus características y efectos -conforme ya se explicó- pues si una de las partes entrega a la otra una cantidad de dinero en arras, sin especificar para qué lo hace o a qué tipo de arraz se refieren, automáticamente imposibilitan la función que podrían cumplir estas arras ya sea para cumplir con el contrato o salvando su facultad de rescindirlo, esto en el entendido de que al no establecer el tipo de arraz y no especificar para que se establecen dichas arraz genera el problema de que a una de las partes contratantes le puede interesar dejar sin efecto el contrato calificando las arras de penitenciales, y a la otra parte puede convenirle lo contrario calificando las arras de confirmatorias. Sin embargo para el caso en análisis en el presente proceso es importante reiterar que los preceptos normativos que regulan las arras penitenciales y confirmatorias se vinculan a la facultad de accionar la recisión de contrato y no la resolución, que en todo caso puede interponerse ante el incumplimiento de parte con la pretensión de pago de daños y perjuicios