Auto Supremo AS/0192/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2017

Fecha: 01-Mar-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Proceso: Resolución de Contrato.
Distrito: Chuquisaca

VISTOS: el recurso de casación de fs. 350 a 356 interpuesto por Rolando Nelson Careaga Alurralde y el recurso de casación de fs. 360 a 362 vta., interpuesto por Remberto Wilson Castillo Calle y Daniela Martínez Ordoñez en representación de Juan Carlos Contreras Fernández, contra el Auto de Vista Nº 36/2016 de 04 de febrero de fs. 341 a 343, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca en el proceso ordinario resolución de contrato seguido por Juan Carlos Contreras Fernández contra Rolando Nelson Careaga Alurralde, la respuesta de fs. 365 a 366, concesión de fs. 367, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Chuquisaca, mediante Sentencia Nº 038/2015, cursante a fs. 309 a 313, declaró: PROBADA en parte la demanda de fs. 11-12, subsanada por memorial de fs. 16 y vta., con relación a la Resolución de contrato de 25 de enero de 2013 por incumplimiento del vendedor Rolando Nelson Careaga Alurralde, debiendo restituir el vendedor parte del precio de la suma, de la suma de $us. 1.000.000.- al tercer día de ejecutoriada la presente Resolución; e Improbada respecto al pedido de cumplimiento de las arras. Asimismo declaro haber lugar al pago de daños y perjuicios reclamados por el demandante referente a la suma de la moneda extranjera mencionada que fue cancelada como parte del precio del ingenio minero “Ñañay” traducida en el interés legal del 6% anual a partir del 25 de julio de 2013 hasta el momento de su cancelación a ser pagados por el demandado a favor del demandante de conformidad a los arts. 411 y 414 del CC y los numerales 3) y 4) del art. 130 del Código de Procedimiento Civil; e IMPROBADA la demanda reconvencional en todas su partes