Auto Supremo AS/0244/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2017

Fecha: 27-Mar-2017

El imputado Jhon Clive Cava Chávez, formula excepción de extinción de la acción penal por


I. ARGUMENTOS DE LA EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN

El imputado Jhon Clive Cava Chávez, formula excepción de extinción de la acción penal por prescripción, bajo los siguientes argumentos:

Señala que, mediante memorial presentado el 26 de agosto de 2013, interpuso excepción de extinción de la acción penal por prescripción, respecto de los delitos de Instigación Pública a Delinquir, Lesiones Leves, Amenazas y Privación de Libertad, previstos y sancionados por los arts. 130, 271, 193 y 292, todos del CP, dando lugar a la emisión de los Autos 091/2013 de 2 de septiembre (fs. 5973 a 5979) y complementario 92/2013 de 2 de agosto (fs. 5980 y vta.), por los que, el Tribunal de Sentencia a cargo del proceso, aceptó la excepción interpuesta y dispuso la extinción de los precitados delitos con relación a su persona. En esa misma oportunidad, se dejó en claro que no se había presentado prescripción por los delitos de Asociación Delictuosa, Lesiones Graves y Vejaciones y Torturas, previstos por los arts. 132, 271 y 295 del CP, más allá de que, el Tribunal de Sentencia de Padilla se hubiera pronunciado sobre una petición no formulada.

Cabe tomar en cuenta que respecto de su persona, a través de la Sentencia 004/2016 de 2 de marzo y Autos complementarios 012/2016 de 8 de marzo y 22/2016 de 24 de marzo, dictados por el Tribunal Primero de Sentencia de Padilla del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, lo condenó por los tipos penales de Asociación Delictuosa, Lesiones Graves, Coacción Agravada y Vejaciones y Torturas, previstos y sancionados por los arts. 132 primer párrafo, 271, 294 y 295 del CP