Auto Supremo AS/0244/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0244/2017

Fecha: 27-Mar-2017

En consecuencia, el criterio para determinar cuándo hay un solo hecho jurídicamente considerado y cuándo


En consecuencia, el criterio para determinar cuándo hay un solo hecho jurídicamente considerado y cuándo una pluralidad no coincide con el número de resultados, sino con el concepto de unidad de conducta (activa y omisiva). Ahora bien, corresponde entonces interpretar el elemento normativo “unidad de acción”, previsto en el Código Penal. Sobre este punto es preciso señalar que en la doctrina, la tesis de la unidad de acción ha sido un concepto discutido, dado que la expresión no es muy precisa, considerando desde el punto de vista fáctico que en el concurso ideal, los eventos lesivos, que siempre son elementos fácticos, son plurales. La determinación de si en un caso concreto se trata de una sola acción jurídicamente considerada o de varias, no sólo determina la consecuencias diversas de los concursos en cuanto a la determinación de la pena, sino que tiene implicaciones constitucionales, puesto que se hallan en juego, el principio de legalidad y la prohibición de doble punición, en el ámbito procesal, el principio del ne bis in ídem