Auto Supremo AS/0256/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2017

Fecha: 09-Mar-2017

En ese contexto normativo y siendo que los demandados por su calidad de ex funcionarios

En ese contexto normativo y siendo que los demandados por su calidad de ex funcionarios de la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, hoy en liquidación, la calidad de los demandantes, funcionarios todos del Ministerio de Comunicación del Estado Plurinacional, la existencia de indicios de la comisión de actos y omisiones irregulares que hubieran cometido los demandados en pleno ejercicio de sus funciones y la posible existencia de daño económico al patrimonio del Estado, los mismos se encuentran bajo los presupuestos legales establecidos en la Ley 1178, de Administración y Control Gubernamentales, norma destinada específicamente a la regulación de los Sistemas de Administración y Control de los recursos del Estado para lograr que todo servidor público, asuma plena responsabilidad por sus actos, como se tiene previsto en el artículo 28 de la misma norma concordante con los artículos 2 y 3 del Reglamento por la Responsabilidad por la Función Pública, pues todo servidor público debe responder de los resultados que emerjan del desempeño de sus funciones, deberes y obligaciones, siendo pasible de responsabilidad civil, penal, administrativa y/o ejecutiva por su incumplimiento, que de producirse, deberá tramitarse conforme lo establecido para el caso en la vía competente, en conformidad con el art. 47 que dispone la creación de la jurisdicción Coactiva fiscal para el conocimiento y tramitación de todas las demandas que se interpongan cuando los actos de los servidores públicos sean pasibles por acción u omisión, a responsabilidad civil