Auto Supremo AS/0256/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0256/2017

Fecha: 09-Mar-2017

Por lo manifestado concluiremos indicando que estamos frente a un contrato administrativo cuando: a) al

Por lo manifestado concluiremos indicando que estamos frente a un contrato administrativo cuando: a) al menos una de las partes que interviene en su celebración es la Administración Pública (elemento subjetivo); b) cuando el objeto sobre el que versa se encuentra directamente relacionado con la satisfacción de necesidades colectivas de carácter público –servicio o interés público- (elemento objetivo), siendo básicamente estos los elementos que caracterizan para que un contrato se configure como administrativo