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    Auto Supremo AS/0282/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0282/2017-RRC

    Fecha: 18-Abr-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 20 de octubre de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 52/2017-RA de 20 de enero
    • 3)Refiriendo al motivo del recurso de apelación de Ernesto Jesús Vidaurre, que reclamó inobservancia y
    • I.1.2 Petitorio
    • La recurrente solicita dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado y se disponga la
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Por Sentencia 38/2015 de 14 de octubre, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • La Sentencia en la parte de hechos probados, relaciona lo correspondiente a la situación jurídica
    • II.2. De los recursos de apelación restringida
    • Mario Chigua Miranda apoderado de la DAF-Órgano Judicial, denuncia que la Sentencia adolece de muchos
    • Y Ernesto Jesús Vidaurre Machicado, denuncia inobservancia o errónea aplicación de ley sustantiva, inc
    • II.4. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, a través del Auto
    • En cuanto al recurso de apelación restringida de Ernesto Jesús Vidaurre Machicado y en respuesta
    • La Sentencia en cuanto a los hechos describió el proceso de adjudicación de la empresa
    • En la fundamentación intelectiva de la Sentencia, refiriendo al proceso de licitación de la obra
    • Esta Sala Penal en vía de flexibilización admitió el presente recurso de casación de acuerdo
    • III.1. El derecho al debido proceso
    • Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • El reclamo del recurrente referido al exceso en que hubiere incurrido el Tribunal de alzada,
    • De la revisión del recurso de apelación restringida del mencionado apoderado de la Dirección Administrativa
    • Ahora bien, habiendo quedado establecido que el acto omisivo valorativo de pruebas deviene de la
    • Por otro lado, el recurrente adujo revalorización de la prueba consistente en la Notas mencionadas,
    • Respecto al análisis de oficio de la norma establecida en el art
    • En cuanto al segundo motivo, siempre en alusión al recurso de apelación restringida del apoderado
    • Al respecto, nuevamente remitiendo el análisis al recurso de apelación, Mario Chigua Miranda en el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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