Auto Supremo AS/0116/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2017

Fecha: 15-May-2017

Cabe señalar que, si la parte demandada consideraba que la relación laboral sostenida con la

Cabe señalar que, si la parte demandada consideraba que la relación laboral sostenida con la parte demandante era con periodos de interrupción evidentes y prolongados, le correspondía demostrar dicha afirmación con prueba suficiente y pertinente, desvirtuando en sentido contrario lo afirmado por la parte demandante, en el marco del principio de la inversión de la prueba que rige en materia laboral, comprendido en el art. 48.II de la CPE y arts. 3. h), 66 y 150 del CPT, situación que en la causa se advierte que no ocurrió, dado que no se tienen mayores elementos probatorios a los descritos en casación (testimonios de fs. 54 y 56), que sólo refieren de manera muy genérica acontecimientos nada precisos sobre las ausencias de la trabajadora demandante en su fuente laboral, lo que no es suficiente para denegar los derechos pretendidos por esta en la demanda social incoada