Interpuesto Recurso de Apelación por la asegurada (fs
I.1.2. Resolución de la Comisión de Reclamación
Ante el Recurso de Reclamación interpuesto por la asegurada (fs. 138), la Comisión de Reclamación del Senasir, mediante Resolución Nº 363/15, de 19 de mayo, saliente de fs. 153 a 157 de obrados, resolvió confirmar las Resoluciones N° 00004185, de 19 de noviembre de 2014 y Nº 00000553, de 03 de febrero de 2015, al encontrar que las mismas se encuentran emitidas conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
I.1.3. Auto de Vista
Interpuesto Recurso de Apelación por la asegurada (fs. 166), la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista hoy impugnado, resolvió revocar la Resolución N° 363/15, de 19 de mayo, consiguientemente dejó sin efecto las Resoluciones N° 00004185, de 19 de noviembre de 2014 y Nº 00000553, de 03 de febrero de 2015; disponiendo por su parte la restitución de la renta otorgada inicialmente a la asegurada, dejando sin efecto lo dispuesto en cuanto a la recuperación de lo indebidamente cobrado, y disponiendo a la vez la devolución a la asegurada de los descuentos indebidos efectuados
Ante el Recurso de Reclamación interpuesto por la asegurada (fs. 138), la Comisión de Reclamación del Senasir, mediante Resolución Nº 363/15, de 19 de mayo, saliente de fs. 153 a 157 de obrados, resolvió confirmar las Resoluciones N° 00004185, de 19 de noviembre de 2014 y Nº 00000553, de 03 de febrero de 2015, al encontrar que las mismas se encuentran emitidas conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
I.1.3. Auto de Vista
Interpuesto Recurso de Apelación por la asegurada (fs. 166), la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista hoy impugnado, resolvió revocar la Resolución N° 363/15, de 19 de mayo, consiguientemente dejó sin efecto las Resoluciones N° 00004185, de 19 de noviembre de 2014 y Nº 00000553, de 03 de febrero de 2015; disponiendo por su parte la restitución de la renta otorgada inicialmente a la asegurada, dejando sin efecto lo dispuesto en cuanto a la recuperación de lo indebidamente cobrado, y disponiendo a la vez la devolución a la asegurada de los descuentos indebidos efectuados
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
- Interpuesto Recurso de Apelación por la asegurada (fs
- Contra la Resolución emitida por el Tribunal de Apelación el Senasir formuló Recurso de Casación
- Que la Resolución impugnada basa su decisión en datos que no condicen con los antecedentes
- Que el auto de vista impugnado interpreta de manera nominal y superficial el art
- Solicita se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista N° 60/2016, de 21 de
- Por memorial de fs
- Que así formulado el Recurso de Casación corresponde resolver el Recurso propuesto conforme a los
- Al respecto, el argumento expuesto por la parte recurrente parte de una interpretación literal de
- Es uniforme la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia en cuanto al empleo
- Por otra parte, se acusa también que la Resolución impugnada basaría su decisión en cuanto
- Sobre la anotada acusación, el Tribunal Supremo de Justicia, luego de la revisión cuidadosa de
- Sobre el particular, el Tribunal de Apelación advirtió acertadamente que en obrados cursaba prueba suficiente
- Si bien se acusa que la decisión al respecto (promedio salarial), no se encontraría suficientemente
- En cuanto a la decisión del Tribunal de Apelación, de dejar sin efecto lo dispuesto
- Se aclara que la decisión del Tribunal de Apelación, de ninguna manera afecta las facultades
- Por lo anotado, se concluye que el fallo recurrido no incurrió en infracción de la
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
