Auto Supremo AS/0213/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Sobre la anotada acusación, el Tribunal Supremo de Justicia, luego de la revisión cuidadosa de

Sobre la anotada acusación, el Tribunal Supremo de Justicia, luego de la revisión cuidadosa de los antecedentes advierte lo siguiente: Que por lo anotado en el mismo informe técnico al que refiere la entidad recurrente, queda evidenciado que el reconocimiento inicial de la renta de vejez a la asegurada fue tomando en cuenta el promedio salarial en base al certificado emitido por la Caja Ferroviaria de Salud (fs. 67 del expediente), en los que registra el monto y de los reintegros pagados al trabajador por los periodos enero a diciembre/1995 y enero a septiembre/1996, tomando en cuenta que el periodo considerado para el cometido (promedio salarial) fue de octubre/1995 a septiembre/1996; sin embargo, luego del trabajo elaborado por la Comisión Revisora de Rentas en Curso de Pago, la entidad gestora decide, entre otros aspectos, modificar el promedio salarial ya reconocido conforme a los datos anotados, bajo el argumento que, revisadas las Boletas de Pago cursantes de fs. 1 a 25, presentadas por la asegurada, no se cuentan con las boletas de pago de reintegro de enero/1996 a abril/1996 y que la única boleta sobre reintegro que se tiene cursa a fs. 10 y que corresponde al mes de julio/1995, periodo no considerado para el promedio salarial