Por memorial de fs
I.3. Repuesta a la Casación
Por memorial de fs. 187, la asegurada responde al Recurso de Casación formulado por el Senasir, señalando que el auto de vista recurrido fue notificado a la institución gestora el 07 de octubre y consiguientemente el recurrente tenía ocho (8) días para interponer el recurso, mismo que no fue cumplido, por lo que solicita se tenga por no presentado el Recurso de Casación interpuesto y se emita auto expreso de ejecutoria de la Resolución AV Nº 60/2016, de 29 de abril
Por memorial de fs. 187, la asegurada responde al Recurso de Casación formulado por el Senasir, señalando que el auto de vista recurrido fue notificado a la institución gestora el 07 de octubre y consiguientemente el recurrente tenía ocho (8) días para interponer el recurso, mismo que no fue cumplido, por lo que solicita se tenga por no presentado el Recurso de Casación interpuesto y se emita auto expreso de ejecutoria de la Resolución AV Nº 60/2016, de 29 de abril
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
- Interpuesto Recurso de Apelación por la asegurada (fs
- Contra la Resolución emitida por el Tribunal de Apelación el Senasir formuló Recurso de Casación
- Que la Resolución impugnada basa su decisión en datos que no condicen con los antecedentes
- Que el auto de vista impugnado interpreta de manera nominal y superficial el art
- Solicita se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista N° 60/2016, de 21 de
- Por memorial de fs
- Que así formulado el Recurso de Casación corresponde resolver el Recurso propuesto conforme a los
- Al respecto, el argumento expuesto por la parte recurrente parte de una interpretación literal de
- Es uniforme la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia en cuanto al empleo
- Por otra parte, se acusa también que la Resolución impugnada basaría su decisión en cuanto
- Sobre la anotada acusación, el Tribunal Supremo de Justicia, luego de la revisión cuidadosa de
- Sobre el particular, el Tribunal de Apelación advirtió acertadamente que en obrados cursaba prueba suficiente
- Si bien se acusa que la decisión al respecto (promedio salarial), no se encontraría suficientemente
- En cuanto a la decisión del Tribunal de Apelación, de dejar sin efecto lo dispuesto
- Se aclara que la decisión del Tribunal de Apelación, de ninguna manera afecta las facultades
- Por lo anotado, se concluye que el fallo recurrido no incurrió en infracción de la
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
