Auto Supremo AS/0652/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2017

Fecha: 31-Ago-2017

En la acusación tanto fiscal como particular le endilgaron los siguientes delitos: Coacción, Asociación delictuosa,


En la acusación tanto fiscal como particular le endilgaron los siguientes delitos: Coacción, Asociación delictuosa, Lesiones Graves y Leves, Amenazas, Vejaciones y Torturas, Instigación Pública a Delinquir, Privación de Libertad y Sedición, previstos en los arts. 294, 132, 271, 293, 295, 130, 292 y 294 del CP. Empero, mediante Sentencia 4/2016 de 2 de marzo, fue declarado co-autor de los delitos de Asociación Delictuosa, Lesiones Graves, Vejaciones y Torturas y Coacción agravada, siendo condenado a sufrir la pena de privación de libertad de seis años, habiéndose dispuesto en juicio oral, la prescripción de los delitos de Instigación Pública a Delinquir, Privación de Libertad y Amenazas. Que, planteada la apelación restringida por el Ministerio Público, se declaró parcialmente procedente el recurso disponiendo que en relación al Jamil Pillco Calvimontes se mantenga la pena impuesta de siete años y seis meses de privación de libertad