Auto Supremo AS/0873/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2017

Fecha: 21-Ago-2017

En cuanto a la causal 2 del art

Que los tres puntos a ser analizados y desvirtuados estarían en el tercer y último considerando del Auto de Vista recurrido, teniendo que el Ad quem sobre las de la prueba de fs. 72 a 104 que acreditaría su derecho propietario sobre el inmueble en cuestión transferido a los demandantes habría establecido que el objeto en el contrato es existente y que el mismo a la fecha de transferencia era de su propiedad por lo que se habría desconocido su valor otorgado por el art. 1538 del CC, modificando el Ad quem el contenido de la Sentencia.
En cuanto a la causal 2 del art. 549 del CC., señalan que la causa y motivo ilícito sentado por el Juez A quo se habría constituido en el supuesto hecho que sus personas habrían transferido el inmueble que no era de su propiedad, sin embargo el Tribunal de Alzada habría declaro probada esta causal sin considerar el folio real que acreditaría la existencia formal de objeto del contrato incurriendo en violación e interpretación errónea del art. 549-2) de CC, al efectuar una consideración de una supuesta ilicitud del objeto basada en la imposibilidad de los demandantes de no poder ejercer el derecho propietario, cuando esta situación será desvirtuada por el memorial de apersonamiento de los demandantes donde manifiestan que son propietarios desde el 26 de febrero de 2016 habiendo inclusive colocado puerta de ingreso al inmueble