Auto Supremo AS/0888/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0888/2017

Fecha: 25-Ago-2017

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación de fs. 290 a 294 interpuesto por Cesar Luis Viscarra Pinto y el recurso de casación de fs. 298 a 300 interpuesto por María Isabel y Marco Antonio Viscarra Pinto contra el Auto de Vista de Nº 142/2016 de 31 de agosto de 2016 que cursa de fs. 283 a 288, pronunciado por Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de división y partición seguido Birinia Ruth Pinto Vda. de Viscarra en contra del recurrente y otros, la concesión de fs. 321, la admisión de fs. 327 a 328 vta., y todo lo inherente:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1. El Juez de Partido Primero en lo Civil, pronuncia la Sentencia Nº 026/2015 de 23 de octubre que cursa de fs. 201 a 209, declarando probada en parte la demanda de división y partición de fs. 27 a 28 vta., subsanada a fs. 52, disponiendo procederse a la división de los siguiente: 1) inmueble ubicado en la calle Chayanta s/n con una superficie de 41,50 Mts2, 2) inmueble ubicado en la calle Chayanta Nº 912 con una superficie de 72,45 Mts2., 3) inmueble ubicado en la calle Chayanta Nº 928 con una superficie de 25, 20 Mts2, y 4) Inmueble ubicado en la calle Chayanta Nº 861 con una superficie de 247 Mts2., que al no establecerse una cómoda división, en ejecución de sentencia se proceda al avalúo y remate, para con su producto entregarse a los interesados el porcentaje señalado. Asimismo dispone procederse a la división y partición del bien inmueble ubicado en la calle Costa Rica s/n con una superficie de 400 Mts2. (lotes 7 a 14 de la manzana 15), de la zona Villa tomas Frías de la ciudad de Potosí, existiendo dos lotes, corresponde se otorgue el 50% a favor de la actora, que deberá sortearse en ejecución de sentencia y referente al otro lote deberá subastarse para su división y partición entre cuatro partes iguales entre la actora los demandados. También dispone que la división y partición en parte iguales sobre la indemnización otorgado por la Universidad Autónoma Tomás Frías, en favor de Cesar Viscarra, asignando la suma de Bs.157.246,62 en favor de Birina Ruth Pinto Vda. de Viscarra, que representa el 62.5% y la suma de Bs.39.301,83 a favor de cada uno de los demandados siendo el 12,5% para cada uno de ellos. Finalmente declara improbada la demanda de división y partición respecto al inmueble (tienda) ubicado en la calle Linares Nº 5 de la zona central del Potosí