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4.- Referente a la apelación del Auto de calificación de quiebra interpuesto por el Banco Mercantil S.A., desarrolla los alcances que comprende los elementos de motivación y fundamentación y sobre esa base indica que la resolución apelada no cumple de ninguna forma con los requisitos enunciados, fundando el A-quo su decisión únicamente en las supuestas declaraciones de Vicente Devo De Col, sin valorar la prueba producida en el proceso que refleje la conducta del fallido, desvirtuando la posibilidad de declarar la quiebra como culpable o fraudulenta, aspecto que tendría directa incidencia en los derechos de los acreedores, correspondiendo determinarse el saneamiento procesal a fin de que el Juez de primera instancia valore todos los elementos de prueba a efectos de establecer los hechos que motivaron la cesación de pagos, la causa de estas y la responsabilidad, si hubiere, del Gerente de la empresa fallida
- Distrito: Cochabamba
- Dispuso que con el producto del remate de los bienes muebles e inmuebles de la
- Quinto: Créditos quirografarios
- I
- CONFIRMÓ los Autos de 08 de marzo de 2007; 07 de diciembre de 2009; 14,
- Por otra parte, ANULÓ los Autos de 10 de enero de 2007 y 02 de
- 2
- 3
- 4
- 6
- 10
- En contra del indicado Auto de Vista, Vicente Dovo De Col interpuso recurso de casación
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Continua indicando que el A-quo ignoró la prueba del proceso laboral iniciado por su persona,
- Refiere que el Tribunal no tomó en cuenta el dictamen de auditoria externa que cursa
- Refiere que no es evidente lo afirmado por el Ad-quem de que el Juez de
- III. DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- “De lo relacionado precedentemente es posible concluir que el recurso de apelación en materia civil,
- Dentro de ese marco, a efectos de acceder a su interposición, se deben cumplir con
- En consecuencia, será posible rechazar el uso del recurso de alzada, solamente en aquellos casos
- “Resumiendo lo precedentemente señalado, se debe puntualizar que el principio de verdad material consagrado por
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De acuerdo al art
- Los aspectos descritos constituyen agravios a la luz del art
- Por todas las consideraciones realizadas, con la facultad conferida por el art
- al memorial de fs
- Sin responsabilidad por considerarse excusable el error
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
