Auto Supremo AS/0927/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0927/2017

Fecha: 29-Ago-2017

Dispuso que con el producto del remate de los bienes muebles e inmuebles de la

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 5.509 a 5.521 interpuesto por Vicente Devo De Col Nascimben, contra el Auto de Vista “Nº 114/2015” de 03 de diciembre de 2015 de fs. 5.495 a 5.504 pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso ordinario de concurso comercial de quiebra seguido por Elba María Sacca Tórrez contra Vicente Devo De Col Nascimben; la respuesta de fs. 5.538 a 5.541 de la AFP (BBVA Previsión AFP S.A.); el Auto de concesión de fs. 5.547; Auto Supremo de admisión Nº 1097/2016-RA de fs. 5.555 a 5.556, y demás antecedentes:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Séptimo en lo Civil y Comercial de aquel tiempo de la ciudad de Cochabamba, mediante Sentencia de fecha 21 de septiembre de 2006 de fs. 2.458 a 2.468, reconoció a cargo de la masa de quiebra, los siguientes créditos que deben pagarse en el grado y preferencia correspondiente:
Dispuso que con el producto del remate de los bienes muebles e inmuebles de la quiebra de la Fábrica de Fideos “Cóndor” Ltda., deben pagarse:
Primero: Los gastos de justicia