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5.- Finalmente señala que no se valoró la línea jurisprudencial en cuanto al art. 12 de la LGT que faculta entregar de forma unilateral la carta de preaviso, modulada por Sentencia Constitucional N° 1262/2013 de 1 de agosto, cuyo contenido transcribe para señalar que esa línea debe ser observada por ELECTROPAZ y que la aplicación del preaviso es nula al ser contraria a la mencionada SC y a la estabilidad laboral (art. 46, 48-II y 49-III de la CPE), Resolución N° 158 de la OIT y DS N° 28699 modificado por el DS N° 495/2010
- Contra la mencionada sentencia ELECTROPAZ formuló Recurso de Apelación (Fs
- Notificado legalmente el actor con dicha Resolución, interpuso Recurso de Casación motivo de autos
- Javier Raúl Porrez Carpio en el Recurso de Casación de fs
- Que demandó reincorporación ante el Ministerio del Trabajo instancia que de conformidad a los DS
- Casación en la Forma
- Acusa que el Auto de Vista violó formas esenciales del proceso pues no resolvió todos
- Que, el Auto de Vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior que
- Expresa que la autoridad no puede ser arbitraria e ignorar la prueba, omitir su valoración
- Casación en el Fondo. Error de hecho en la apreciación de las pruebas
- Reitera que no se valoraron las pruebas presentadas de su parte y especifica
- Sostiene que cuando se le entregó el preaviso, forma unilateral de ruptura de la relación
- Invoca los arts
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- En cuanto al pago retroactivo de bono de antigüedad, aguinaldo y vacaciones, indica que nuevamente
- Que, no se valoró la prueba arrimada a fs
- Aclara que la reposición que el Tribunal Supremo debe disponer es precisamente del año (1),
- En cuando al bono de antigüedad, señala que el mismo fue demandado con carácter retroactivo
- Sobre la reposición de pago de aguinaldo y vacaciones, reclama una “diferencia”, el pago de
- Luego de exponer antecedentes del proceso refiere que el Recurso de Casación en la forma
- Recurso de Casación en la Forma
- De la fundamentación de hecho y derecho contenida en el recurso se entiende que el
- Al respecto, de la lectura del Recurso de Apelación de fs
- En cuanto a la denuncia que sostiene que el Auto de Vista tampoco se pronunció
- En cuanto al Recurso de Casación en el fondo, este Tribunal considera innecesario ingresar a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
