Auto Supremo AS/0245/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0245/2017

Fecha: 15-Sep-2017

Que, no se valoró la prueba arrimada a fs

Señala que esa prueba idónea que no fue valorada son los contratos sucesivos de fs. 1 a 10 los que demuestran su derecho desde el 27 de julio de 1998 hasta el 3 de febrero de 2011 al pago del bono de antigüedad, agüinado y vacaciones.
Que, no se valoró la prueba arrimada a fs. 110-115, consistente en estado de cuenta individual que demuestra el trabajo ininterrumpido lo que le hace acreedor a los derechos demandados