Auto Supremo AS/0677/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0677/2017-RRC

Fecha: 08-Sep-2017

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1.2.- De ello es necesario este Tribunal de Alzada tiene claro que la finalidad de la apelación restringida, conforme lo determina el Art. 407 del Código de Procedimiento Penal, el cual señala: ‘El recurso de apelación restringida será interpuesto por inobservancia o errónea aplicación de la ley. Cuando el precepto legal que se invoque como inobservado o erróneamente aplicado constituya un defecto del procedimiento, el recurso sólo será admisible si el interesado ha reclamado oportunamente su saneamiento o ha efectuado reserva de recurrir, salvo en los casos de nulidad absoluta o cuando se trate de los vicios de la sentencia, de conformidad a lo previsto por los artículos 169 y 370 de este Código…’, de cuyo análisis se desprende que el Tribunal de alzada realiza un control jurídico de la formación interna y externa de la sentencia la misma que debe ser pronunciada luego de la sustanciación del juicio oral, público, continuo y contradictorio