Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0677/2017-RRC
Fecha: 08-Sep-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Parte Acusadora : BISA Seguros y Reaseguros S.A
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Por memorial presentado el 1 de agosto de 2016, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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b)Contra la mencionada Sentencia, Franklin Gutiérrez Larrea en representación de Marcelo Queso Laura, Emilio Pachaguaya
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 400/2017-RA de 30 de mayo,
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Los recurrentes denuncian la falta de fundamentación del Tribunal de alzada en la emisión del
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I.1.2. Petitorio
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Los recurrentes solicitan que: “…DISPONGAN LA NULIDAD DEL JUICIO Y DISPONIENDO EL REENVÍO DEL PROCESO
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
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Los citados imputados formularon recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, argumentando lo siguiente
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b)El imputado no esté suficientemente individualizado, señalando que la acusación particular expresa que fueron treinta
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c)La sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de
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d) Defectuosa valoración de la prueba, refiriendo que la Juez de mérito no hizo mención
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En el acápite subtitulado “II
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró improcedentes los
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1
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2do
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3ro
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4to
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menester señalar que la prueba extraordinaria si puede ser presentada una vez fenecida la etapa
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5to
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5
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6to
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Los recurrentes denuncian que el Tribunal de apelación en la emisión del Auto de Vista,
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III.1. Fundamentación y motivación de los fallos
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Por mandato de lo preceptuado por el art
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normativo; y, la aplicación de la pena; sólo así, se permitirá que los sujetos procesales
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Asimismo, los Autos Supremos 342 de 28 de agosto de 2006, 207 de 28 de
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La obligación de fundamentar las resoluciones es extensible a los Tribunales de alzada, que también
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Tiene la finalidad de precautelar el juzgamiento adecuado, justo, equitativo, oportuno, efectivo y eficaz de
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III.2. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
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En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
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III.3. Sobre la labor de subsunción penal y su control por el Tribunal de alzada
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Una vez desarrollada la audiencia en sus distintas fases, incluida la actividad probatoria de las
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consecuencia jurídica establecida por la norma coincide o difiere; consecuentemente, lo que debe hacer el
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En cuanto al control de la subsunción jurídica, corresponde precisar que la exteriorización del razonamiento
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Por otra parte, debe tenerse presente que en el juicio sobre la observancia de la
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Además, cabe recordar la necesidad de que las resoluciones en general y las resoluciones judiciales
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Con base a lo expuesto, se establece que ante la formulación de recurso de apelación
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III
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En relación al principio de preclusión, por el que las partes procesales deben ejercer los
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III.5. Análisis del caso concreto
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A efectos de verificar si el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación a
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De lo expuesto, se advierte que el Tribunal de Alzada no se pronuncia sobre el
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En el segundo motivo basado en que el imputado no esté suficientemente individualizado, los recurrentes
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En el siguiente motivo de apelación, según los antecedentes del proceso, los recurrentes alegaron que
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En el cuarto motivo, los apelantes alegaron la existencia de defectuosa valoración de la prueba,
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obligación de responder de manera fundamentada cada uno de los aspectos apelados
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Por último, los recurrentes en apelación denunciaron la “violación del art
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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A efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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