Auto Supremo AS/0677/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0677/2017-RRC

Fecha: 08-Sep-2017

obligación de responder de manera fundamentada cada uno de los aspectos apelados


De lo aseverado, se colige que resulta ser evidente que el Tribunal de Alzada no se pronunció de manera fundamentada sobre la defectuosa valoración de la prueba denunciada y se limitó a transcribir la previsión de los arts. 351 y 352 del CP, correspondientes a los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión y de manera muy escueta concluyó que ninguno de los tipos penales transcritos exigía como elemento constitutivo la calidad de propietario del inmueble despojado; empero, omitiendo realiza el análisis sobre si la prueba fue valorada de manera defectuosa o no, incumpliendo su



obligación de responder de manera fundamentada cada uno de los aspectos apelados