Auto Supremo AS/0521/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Bajo este contexto, la acusación de que el fallo recurrido no habría aplicado el principio

Bajo este contexto, la acusación de que el fallo recurrido no habría aplicado el principio de verdad material al momento de valorar el recibo por el pago de quinquenio de fecha 25 de noviembre de 2010, no es evidente, por cuanto el recibo de referencia es claro al indicar que el pago que se realiza a favor de la actora, es por el quinquenio consolidado del año 1999 al año 2004, incluso se detalla el sueldo mensual que percibía la actora en ese tiempo, en un monto de Bs. 500, por lo cual el monto cancelado a su favor es de Bs. 2500, es decir Bs. 500 -un sueldo- por cada año trabajado, habiendo la actora continuado la relación laboral, sin que haya existido corte en la misma, aspecto que incluso es reconocido por el demandado en la contestación a las pretensiones de la actora que cursan a fs. 18 a 20 de obrados, donde el demandado reconoce que la actora ingreso a trabajar en febrero de 1999 y dejó de trabajar en diciembre de 2012, incluso el demandado de manera textual indica: “En cuanto a la indemnización reclamada, se ha establecido 14 años, 10 meses y 27 días, lo que está alejado a la realidad y la lógica, puesto que existe un quinquenio por lo tanto, deben restarse esos cinco años y tomarse en cuenta que trabajo la demandante desde febrero de 1999…”, en mérito a ello, se concluye sin lugar a dudas que se valoró de manera adecuada la documental cursante a fs. 17 de obrados, prueba que demuestra el pago de un quinquenio a favor de la actora, el cual fue considerado por el Juez de instancia y descontando en la liquidación final y confirmado por el Tribunal de alzada