Auto Supremo AS/0521/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de

Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, contiene errónea e indebida aplicación de los arts. 48, 119, 178 y 180 de la CPE, art. 120 de la Ley General del Trabajo, art. 3.h, 150 y 159 del Código Procesal del Trabajo, bajo los siguientes argumentos:
1.- El recurrente alega que, existirá infracción al art. 180 de la CPE, en los puntos 1 y 2 del considerando segundo del Auto de Vista, por la no aplicación del principio de verdad material; ya que conforme a la prueba presentada por su parte consistente en el pago por quinquenio cursante a fs. 17 y la propia confesión provocada de la demandante, se demuestra que cuando se pagó el quinquenio en el año 2010, se estaba consolidando toda la obligación respecto a la indemnización anual manteniendo el trabajo, en caso contrario no se hubiera efectuado el pago ese año, por lo cual considera que no es verosímil que se presuma no haberse cancelado hasta esa fecha todas las indemnizaciones que por año se les debe a los trabajadores, por lo cual los beneficios sociales deberían ser calculados a partir de noviembre de 2010