Auto Supremo AS/0907/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0907/2018-RRC

Fecha: 04-Oct-2018

De lo compulsado, se puede establecer que a criterio del Tribunal de alzada, el trámite


De lo compulsado, se puede establecer que a criterio del Tribunal de alzada, el trámite de calificación de la responsabilidad civil habría sido realizado bajo las prerrogativas de la Ley Nº 1970 en sujeción a la Ley Nº 025, lo que sería aplicable al caso concreto; empero, curiosamente, confirma la Sentencia apelada; lo que en realidad generó los cuestionamientos de las partes, razonablemente lógicos, considerando que el Tribunal de alzada, con el fallo emitido ha generado incertidumbre e inseguridad jurídica, ante una fundamentación incongruente entre sí, por ser que no es posible concebir que, habiéndose establecido que la norma aplicable es la prevista por la Ley Nº 1970, se confirme una Sentencia tramitada por el Código de Procedimiento Penal abrogado de 1972, vulnerando en su efecto, el debido proceso en su vertiente de debida fundamentación y congruencia, al haber pronunciado un fallo contradictorio, erróneamente fundado y falazmente resuelto