Auto Supremo AS/1069/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1069/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Bajo esa premisa, en el caso de Autos se tiene que el extremo advertido por

Bajo esa premisa, en el caso de Autos se tiene que el extremo advertido por el recurrente no le genera indefensión o perjuicio alguno, toda vez que no fue él quien interpuso recurso de apelación contra el Auto que rechazó el incidente de nulidad sino el codemandado Evangelino Sotez Ortuño; en ese entendido, quien se encuentra legitimado para reclamar la supuesta falta de consideración del citado recurso de apelación que fue concedido en el efecto diferido es precisamente quien interpuso dicha acción y no así terceros, por lo que se infiere que el recurrente carece de legitimación procesal para reclamar este hecho