Auto Supremo AS/1041/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1041/2018-RRC

Fecha: 23-Nov-2018

En atención a las citas textuales (relevantes) extraídas de la Sentencia, entre otras consideraciones expresadas

En atención a las citas textuales (relevantes) extraídas de la Sentencia, entre otras consideraciones expresadas por el A quo, que refrendan dichas afirmaciones, en relación a la minoridad de las víctimas y la afinidad con el acusado, se puede llegar a deducir que el mismo ha sostenido con las víctimas una figura paternalista en su calidad de padrastro; es decir, sujeto de autoridad y una relación de dependencia hacia él, producto de la relación concubinaria con la madre de las víctimas, circunstancias expresadas tanto en la valoración de la prueba documental, pericial y testifical de cargo, como de la testifical de descargo, constatándose por ello, que el Tribunal de alzada no ha podido incurrir en error al momento de aplicar la norma sustantiva correcta, ante la evidente errónea aplicación de la Ley hecha por el Tribunal Segundo de Sentencia, siendo que teniéndose acreditada la irrefutable minoridad de las víctimas, la relación de concubinato con la madre de las mismas y la calidad de padrastro del acusado, como hechos ciertos, hace plenamente concurrente la agravante establecida por el art. 310 inc. 4) del CP, con relación a la pena impuesta por el Tribunal de alzada en aplicación al art. 38 inc. 2) del CP, que no fue considerado por el Tribunal Segundo de Sentencia, al momento de determinar la pena, no considerándose arbitrario, ni defectuosa la modificación hecha en alzada, respecto al incremento del quantum de la pena a quince años de presidio, por estar plenamente concurrente la agravante prevista para el tipo penal