Auto Supremo AS/1235/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1235/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Al respecto señaló también el Ad quem que los excepcionistas formularon de manera conjunta las

Al respecto señaló también el Ad quem que los excepcionistas formularon de manera conjunta las excepciones de obscuridad, contradicción e imprecisión en la demanda, como si se tratara de una sola. Dichas excepciones proceden cuando en la proposición de la demanda existen presupuestos que la ley determina y para que sea admisible se tiene que haber puesto al demandado en un verdadero estado de indefensión. En base a ese razonamiento, no se llegó a advertir ningún defecto legal en el presente proceso, que coloque a la parte demandada en verdadero estado de indefensión o no le permita oponer la defensa adecuada o producir prueba conducente