Auto Supremo AS/1235/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1235/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Sin perjuicio de lo manifestado debe establecerse que del Certificado de Tradición de Propiedad de

Sin perjuicio de lo manifestado debe establecerse que del Certificado de Tradición de Propiedad de la Matrícula Nº 4011010005251 al 13 de mayo de 2016 de fs. 462 a 463 vta., se tiene que Valentín Choquecallata Chacolla registro su derecho propietario en la oficina de Derechos Reales el 23 de julio de 2013. Por otro lado existen tres anotaciones preventivas anteriores a este registro: 1) Asiento Nº 3, medida precautoria a favor del demandante Valentín Choquecallata Chacolla, registrado el 6 de octubre de 2009. 2) Asiento Nº 4, medida precautoria por Bs.10.000.- a favor de Angélica Rosa Arroyo Salas Vda. de Retamozo, registrado el 17 de diciembre de 2009 y 3) Asiento Nº 5, medida precautoria a favor de Edgar Jhonny Retamozo Arroyo, registrado el 21 de enero de 2011