Auto Supremo AS/1235/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1235/2018

Fecha: 11-Dic-2018

En relación a que los recurrentes viven en el inmueble objeto de litis desde su

Sobre las falencias procesales reclamada por los apelantes sobre la falta de claridad en la relación de los hechos y la cosa demandada y que no existe documentación real y saneada del derecho propietario del demandante, el Tribunal de segunda opinión manifestó que no se demostró esas falencias procesales, además se tiene a fs. 2 a 4 vta., testimonio de propiedad de un departamento en propiedad horizontal a favor de Valentín Choquecallata Chacolla que al amparo de los arts. 1289 y 1311 del Código Civil están revestidos de fuerza probatoria requerida, lo cual no ha sido desvirtuado por los recurrentes.
En relación a que los recurrentes viven en el inmueble objeto de litis desde su nacimiento y nunca vendieron, demostraron con documentación que sobre el inmueble existen procesos civiles y penales pendientes. El Tribunal de Apelación sostuvo que, sobre el hecho que vivieron desde su nacimiento los demandados, no fue motivo de la resolución, tampoco existe evidencia documental que dichos procesos hayan concluido e invalidado el derecho propietario del demandante