Auto Supremo AS/1235/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1235/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Con relación a que no se precisó el bien inmueble motivo de reivindicación, que no

Con relación a que no se precisó el bien inmueble motivo de reivindicación, que no se trata de un departamento y que existió confusión en la declaración de los testigos respecto al mismo, el Tribunal de segunda opinión refirió que la apelante no demostró que exista otro objeto denominado hijuela 3, del primer piso en propiedad horizontal del bien inmueble ubicado en la calle Bolívar Nº 368 entre Brasil y Sargento Tejerina que fue transferido por Juan Arroyo Salas a favor de Valentín Choquecallata Chacolla y que esté siendo ocupado por Angélica Rosa Arroyo Salas Vda. de Retamozo y su hijo