Auto Supremo AS/0133/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

En los recursos de casación plateados los recurrentes: a) Asencio Quispe Pucho denuncia que: 1)


III. VERIFICACIÓN DE LA PROBABLE CONTRADICCIÓN DEL PRECEDENTE INVOCADO Y LA VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES
En los recursos de casación plateados los recurrentes: a) Asencio Quispe Pucho denuncia que: 1) El Auto de Vista fue emitido sin la debida fundamentación porque omitió referirse a las pruebas PD-1, PD-2 y PD-3; así como, las testificales de Benita Quispe de Quispe y María Eugenia Barrionuevo de Tenorio; las mismas que acreditaban su inocencia; y, 2) El Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva porque no se pronunció respecto de la denuncia de defectuosa valoración de la prueba respecto de que el Fiscal no presentó de manera física la documental signada como MPD-8 a pesar de que la misma fue ofrecida como tal, por lo que se hubiera vulnerado su derecho a la igualdad, dejándole en estado de indefensión; y b) Mario Triguero, Agustín Triguero, Primitivo Triguero, Carmelo Ichuta, Edwin Juan Triguero, Máxima Ichuta, Juan Triguero, Genaro Triguero, Juana Tuco, Honofre Tarqui, Avelina Triguero, Esidora Ichuta, Abrahan Triguero y Nemecio Ichuta, denuncian que el Auto de Vista no respondió de manera fundamentada los tres motivos de sus recurso de apelación restringida, por lo que corresponde verificar dichos extremos