Auto Supremo AS/0133/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

Por Resolución 268/2012 de Acción de Amparo Constitucional la Juez de Garantía Constitucionales, concedió la


Por Sentencia 4/2016 de 13 de enero, el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Mario Triguero Ichuta, Agustín Triguero Ichuta, Primitivo Triguero Ichuta, Carmelo Ichuta Sánchez, Edwin Juan Triguero Tarqui, Máxima Ichuta Triguero, Juan Triguero Mamani, Genaro Triguero Triguero, Juana Tuco de Triguero, Honofre Tarqui Ichuta, Avelina Triguero de Humiri, Esidora Ichuta Tarqui, Abrahan Triguero Coronel, Nemecio Ichuta Mamani y Ascencio Quispe Pucho, autores de la comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones en Acciones de Defensa y de Inconstitucionalidad, previsto y sancionado por el art. 179 bis del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión, más doscientos días multa a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas a favor del Estado y la parte querellante, así como el resarcimiento del daño civil que será determinado en ejecución de Sentencia, concediendo el beneficio del Perdón Judicial, en base a los siguientes argumentos:

Por Resolución 268/2012 de Acción de Amparo Constitucional la Juez de Garantía Constitucionales, concedió la tutela por la vulneración de los derechos y garantías constitucionales de los accionantes (Benita Ichuta), la misma que fue confirmada en parte por la Sentencia Constitucional 1127/2013-L, especificaciones que contenía dichas resoluciones no hubieran sido parcialmente cumplidas por los imputados, lo que hizo a la configuración del delito de Desobediencia de Acciones de Defensa e Inconstitucionalidad