Auto Supremo AS/0133/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2018-RRC

Fecha: 15-Mar-2018

Respecto de su primer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista fue

Respecto de su primer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista fue emitido sin la debida fundamentación porque omitió referirse a las pruebas PD-1, PD-2 y PD-3; así como, las testificales de Benita Quispe de Quispe y María Eugenia Barrionuevo de Tenorio; las mismas que acreditarían su inocencia; al respecto, con relación a la temática planteada el recurrente invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 411 de 20 de octubre de 2006, 06 de 26 de enero de 2007 y 359 de 26 de junio de 2009, los cuales en su doctrina legal de manera concurrente contiene la siguiente doctrina legal:
“Al no haberse pronunciado el tribunal a quo sobre todos los motivos en los que se fundaron el recurso de apelación restringida deducido por el procesado, sin que del conjunto del Auto de Vista pueda inferirse una respuesta fáctica a los mismos, hace evidente un vicio de incongruencia omisiva (citra petita o ex silentio), y en consecuencia la infracción del principio tantum devolutum quantum apellatum, y al deber de fundamentación