Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0133/2018-RRC
Fecha: 15-Mar-2018
I.1.2. Petitorios
I.1.2. Petitorios
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Por memoriales presentados el 26 y 27 de abril de 2017, cursantes de fs
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I.1. Antecedentes
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a)Por Sentencia 4/2016 de 13 de enero (fs
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los memoriales de recurso de casación y del Auto Supremo 574/2017-RA de 10 de
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I.1.1.1. Del recurso de casación de Ascencio Quispe Pucho
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1) Señala que el Auto de Vista recurrido es totalmente injusto y agraviante a
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2) Acusa que el Tribunal de alzada no hubiera respondido la denuncia efectuada en
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Inicialmente realizan un resumen de los tres motivos que denunciaron en la apelación restringida, con
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I.1.2. Petitorios
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Ascencio Quispe Pucho, el recurrente solicita que se deje sin efecto el Auto de Vista
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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Por Resolución 268/2012 de Acción de Amparo Constitucional la Juez de Garantía Constitucionales, concedió la
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II.2. De la apelación restringida
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Contra la mencionada Sentencia, los recurrentes Mario Triguero, Agustín Triguero, Primitivo Triguero, Carmelo Ichuta, Edwin
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3)Señalan que el Tribunal admite como prueba el Auto Constitucional 0021/2014, que en la parte
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1)Señala que la Sentencia es contraria a la Ley y atenta a sus derechos y
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2)Refiere la defectuosa aplicación del art
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3)Señala que en el juicio aportó prueba, que demuestra que el imputado no participó del
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La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró improcedente los
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y confirmó la Sentencia, con los siguientes argumentos
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b) Asimismo, tampoco señala ni describe cuáles son esas pruebas de descargo ofrecidas, si
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En los recursos de casación plateados los recurrentes: a) Asencio Quispe Pucho denuncia que: 1)
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III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
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Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
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De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
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Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
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En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
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Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
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De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
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III.2. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
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Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
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El art
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.4. Análisis del caso concreto
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Respecto de las denuncias realizadas por los recurrentes es preciso evidenciar si existió contradicción por
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III.4.1. Recurso de casación interpuesto por Asencio Quispe Pucho
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Respecto de su primer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista fue
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Por otro lado también, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 342 de 28 de
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De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
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a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
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c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
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La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
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e) Lógica : finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad,
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Verificados los mismos se advierte que efectivamente tienen su doctrina legal aplicable, respecto de que
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En consecuencia, es pertinente remitirnos al recurso de apelación restringida para verificar si resulta evidentemente
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III
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En el presente recurso los recurrentes denuncian que el Auto de Vista no respondió de
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En consecuencia, analizados los argumentos expuestos por el recurrente al momento de interponer su recurso
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Con relación al segundo motivo de la revisión del Auto de Vista se advierte que
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Con relación al tercer motivo señala que el Tribunal haya admitido como prueba de la
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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