Auto Supremo AS/0151/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

El Auto Supremo 27/2013 de 8 de febrero, dictado dentro del proceso penal seguido por


El Auto Supremo 27/2013 de 8 de febrero, dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra LCA, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Material y otros, tuvo como hechos, la constatación por parte del Tribunal de casación, que el de alzada no se pronunció respecto a los agravios fundados en la existencia de los defectos de sentencia previstos por los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del CPP. Motivando el pronunciamiento de la siguiente doctrina legal aplicable:

“De acuerdo al entendimiento ratificado por el Auto Supremo Nro 12 de 30 de enero de 2012, es una premisa consolidada que todo Auto de Vista se encuentre debidamente fundamentado y motivado, cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad; respondiendo y emitiendo los criterios jurídicos sobre cada punto impugnado que se encuentre en el recurso de apelación restringida, además de revisar de oficio si existen defectos absolutos, en cuyo caso, es necesario que en la fundamentación se viertan los criterios jurídicos del por qué dicho acto se considera defecto absoluto y qué principios, derechos o garantías constitucionales fueron afectados