Auto Supremo AS/0153/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

2)Concurre la inobservancia de lo dispuesto por el art


2)Concurre la inobservancia de lo dispuesto por el art. 321 del CPP, siendo que habiéndose presentado por parte de la abogada apoderada Aurea Miranda y el memorial de recusación planteado contra la Juez 4º de Sentencia, que motivó el Auto Interlocutorio Nº 18/2015 de 2 de septiembre, pese a tenerse fallos de la Sala Penal Tercera que aceptaba la recusación planteada en contra la Juez en otras causas y que al haber rechazado in límine la recusación, ha inobservado la Ley porque no ha dado cumplimiento al art. 321 del CPP; ya que, no se han elevado obrados en consulta al Tribunal Departamental de Justicia dentro de las 24 horas y esta omisión viola el debido proceso y la seguridad jurídica procesal ignorada con la Juez