Auto Supremo AS/0161/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

Con relación a la normativa observada, se verifica que los argumentos emitidos por el Tribunal


Con relación a la normativa observada, se verifica que los argumentos emitidos por el Tribunal de alzada en relación a la prueba MP-3, se encuentran sustentados en la normativa anotada ya que en su contenido, expresamente establece que cuando en un caso –como en el de autos- se denuncia ante la instancia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia; en este caso, a una menor de edad, le faculta a dicha entidad remitir a conocimiento del Ministerio Público en la misma fecha de su recepción dicha denuncia; en este caso, teniendo en cuenta que en este caso la Defensoría tomó conocimiento de una denuncia de una menor y realizó las gestiones necesarias para la protección integral de los derechos de la menor, estando en la obligación de elaborar un informe que contenga los elementos que hubiera conocido para anexarlos a la denuncia. En ese sentido, la defensoría cumplió con anexar el informe de entrevista psicológica realizada, sin que se haya vulnerado los derechos de los acusados, por lo que se debe entender que dicha institución ya con todos esos antecedentes interpuso la denuncia ante el Ministerio Público con todos esos elementos que la Ley le permite realizar obrando de manera correcta; en consecuencia, el Tribunal de alzada al dar la respuesta respecto de esta denuncia realizada en apelación restringida actuó de manera correcta enmarcado en los presupuestos establecidos por los arts. 42 y 43 de la Ley 348, normativa de la cual emergió su fundamentación; en consecuencia, corresponde desestimar el presente motivo