Auto Supremo AS/0161/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

Los recurrentes señalan que el Auto de Vista impugnado, es agraviante y vulnerador de derechos


Los recurrentes señalan que el Auto de Vista impugnado, es agraviante y vulnerador de derechos constitucionales y procesales; ya que, respecto al incidente de actividad procesal defectuosa absoluta, pese a que la co-imputada Ariana Apinaye Fernández, sólo fue notificada con la acusación fiscal y el decreto respectivo, pero no fue notificada ni puesta a su conocimiento formalmente con las pruebas documentales ni periciales, el Tribunal de apelación indicó sin fundamento legal que no es evidente que el Tribunal de Sentencia deba adjuntar de manera material o física las pruebas ofrecidas por la acusación fiscal y particular a tiempo de la notificación del imputado, porque dicha exigencia no se encuentra prevista en las normas, siendo suficiente que se le haga conocer aquellas que serán producidas en juicio, que estén custodiados por el Secretario del Tribunal de juicio y “estén a su disposición debiendo permitírsele su acceso físico, lo contrario significaría impedirle al procesado a tener contacto físico” lo que vulneraría su derecho a la igualdad y seguridad de las partes. Al respecto, argumentan los recurrentes que las pruebas de cargo las tuvo que conocer y defenderse de las mismas recién en juicio, anulando su derecho de defensa y pese a que el Tribunal de apelación señala que tienen derecho al acceso legal de las mismas; sin embargo, la fiscalía presentó las pruebas documentales en sobre lacrado y cerrado, por lo que no existió lo que refiere el Tribunal de alzada