Con relación al caso concreto, corresponde precisar dos situaciones: a) Juana Aruni Vda
Con relación al caso concreto, corresponde precisar dos situaciones: a) Juana Aruni Vda. de Gómez, mediante los certificados de matrimonio y defunción, demostró su estatus de esposa y por ende viuda del asegurado Felipe Gómez Gutiérrez, para ser beneficiaria con la Renta de Derechohabiente, sin haber convivido con el causante los últimos dos años; y, b) El SENASIR, ante esta pretensión, acude al art. 34 del Manual de Prestación de Rentas en curso de Pago y Adquisición aprobado por la Resolución Secretarial 10.0.0.087, que establece varias excepciones por las cuales no debería otorgarse el acceso a una Renta de Derechohabiente. El referido artículo dispone: “No tendrán derecho a la renta de viudedad la divorciada por sentencia ejecutoriada antes de la fecha de fallecimiento del causante, la esposa que hubiese estado separada en forma libremente consentida y por más de dos años, conforme dispone el Código de Familia, la conviviente si el de-cujus estuvo casado y no existía sentencia de divorcio ejecutoriada y cuando hubieran quedado dos o más concubinas situación que será comprobada mediante procedimiento especial”
- Que a fs
- Que de fs
- Que Juana Aruni Vda
- 1
- 2
- 3
- 5
- Pese a las
- Por disposición expresa de la Ley 719 de 6 de agosto de 2015, el Código
- Con relación al caso concreto, corresponde precisar dos situaciones: a) Juana Aruni Vda
- Que de las cuatro excepciones contenidas en el referido art
- En base al informe se concluye que Juana Ramos Juliana, convivió con el causante durante
- Respecto a la falta de valoración de la prueba esta se encuentra conforme los arts
- En consecuencia por lo precedentemente expuesto se tiene que el causante no convivió con la
- En ese sentido se ha demostrado que Juana Arani Vda
- Bajo esas premisas, se concluye que el Tribunal ad quem, fundamentó y basó su fallo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
