En base al informe se concluye que Juana Ramos Juliana, convivió con el causante durante
El segundo grupo familiar compuesto por Juana Ramos Juliana y su hijo, que también realizó la solicitud de renta de viudedad por convivencia y de orfandad, por el indicado informe se evidencio que en la habitación que ocupaban se encuentran varias prendas de vestir, enseres personales como lentes, billetera, reloj, bastón medicamentos y facturas de atención más recetas médicas y otros documentos actuales, y la conviviente afirma que mantuvo una relación de 14 años desde el nacimiento de René Ronald Gómez Ramos, añadió que ella cuidó y asistió al causante durante su enfermedad que por su edad avanzada se le complico, en cuanto a los gastos funerales los realizó David Gómez Aruni.
En base al informe se concluye que Juana Ramos Juliana, convivió con el causante durante 14 años de donde nació René Ronald Gómez Ramos, cuenta con un acta de reconocimiento (fs. 157), ante las entrevistas a familiares, vecinos y la dueña de la casa donde vivían se demuestran que la conviviente vivió atendió y cuido al causante los dos últimos años
En base al informe se concluye que Juana Ramos Juliana, convivió con el causante durante 14 años de donde nació René Ronald Gómez Ramos, cuenta con un acta de reconocimiento (fs. 157), ante las entrevistas a familiares, vecinos y la dueña de la casa donde vivían se demuestran que la conviviente vivió atendió y cuido al causante los dos últimos años
- Que a fs
- Que de fs
- Que Juana Aruni Vda
- 1
- 2
- 3
- 5
- Pese a las
- Por disposición expresa de la Ley 719 de 6 de agosto de 2015, el Código
- Con relación al caso concreto, corresponde precisar dos situaciones: a) Juana Aruni Vda
- Que de las cuatro excepciones contenidas en el referido art
- En base al informe se concluye que Juana Ramos Juliana, convivió con el causante durante
- Respecto a la falta de valoración de la prueba esta se encuentra conforme los arts
- En consecuencia por lo precedentemente expuesto se tiene que el causante no convivió con la
- En ese sentido se ha demostrado que Juana Arani Vda
- Bajo esas premisas, se concluye que el Tribunal ad quem, fundamentó y basó su fallo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
